De los cientos de casos que se ven a diario, haciendo seguimiento a las de aquellos arrendatarios que luego de elegir un inmueble “remodelado” y en aparentes “muy buenas condiciones” , luego de un mil requeñeques, formularios, súper contratos leoninos y exagerados que están totalmente por fuera de la legislación, de los que si acaso les entregan una fotocopia sin firmar, seguros y hasta depósitos ilegales que exigen las Inmobiliarias o el arrendador, tenían la fortuna de ser seleccionados entre muchas solicitudes por el mismo, y quienes al cabo de dos o tres meses, comienzan a presentar situaciones como esta, que se rescata:
…estoy viviendo hace 3 meses en un apartamento que rente a excelente precio, aparentemente me lo entrego la agencia en muy buen estado, pero la vivienda está presentando humedades en la cocina y los baños que nos ha afectado mucho, tengo un bebe de 6 meses y este ha estado muy enfermo de los pulmones. El contrato esta por un año y solo llevo 3 meses, puedo irme sin necesidad de pagar una multa? Le informe a la Inmobiliaria y nunca me responde nada concreto solo me dice que si me voy debo de pagar una multa y ya…
En la consulta profesional, tuvimos oportunidad de asistir a un arrendatario en situación similar, y lo primero que hicimos fue asistirnos de un curtido veterano Maestro de Obra quien a ojo de buen cubero, diagnosticó que la casa estaba “maquillada”, al indagársele como maquillada, nos hizo referencia a los carros viejos que les rellenan los pisos podridos con malla de alambre y mezcla de cartón con epoxic para parecer firmes, así como las latas insalvables reconstruidas con macilla y una fogueada de pintura barata, los empaques de los vidrios los rejuvenecen con aplicaciones de silicona negra, al motor le echan cuanto aditivo quita humo potenciador de la viscosidad del aceite existe, y le ponen un buen radio robado para que se vean atractivos y con fuerza, para, así vendérselo al primer incauto deslumbrado; carro que al cabo de 2 meses luego de algunos aguaceros, comienza a guardar agua bajo los tapetes, expeler un olor extraño por el escape, y día a día se quiebra lo bonito de la pintura para darse cuenta al final aquel hombre, que le metieron un carro maquillado del que vale más los arreglos que el mismo carro.
Idéntica situación se está presentando con los inmuebles; nuestro hombre de la construcción, golpeó suavemente el enchape nuevo que rodeaba las salientes de los tubos de agua del fregadero y sonó hueco en diversas partes, con gran cuidado retiró una baldosa y oh revelación… tras se advertía prominente humedad en los acoples forzados de tubos plásticos y vieja tubería metálica, sellados con silicona y cinta teflón que superados por la presión, hacía que el agua invisible avanzara por detrás del nuevo azulejo hacia el piso y el resto de la pared; igual tarea cumplió en los baños con el mismo resultado, al tiempo que la baldosa del patio estaba pegada en vacío, para nivelar el hundimiento del piso pareciere que un bulto de pegante había sido utilizado para pegar 6 baldosas…Así determinábamos que no había tal remodelación, sino “maquillaje” del inmueble, para mostrarlo atractivo a la vista, arrendarse pronto y engrampar al arrendatario.
Sea entonces del caso sugerir las siguientes recomendaciones al enamorarnos de un inmueble para rentar, primero establecer que el precio no está demasiado por debajo del normal para el tipo de inmueble, ya seguidamente, indagar con el futuro arrendador que clase de refacciones, adecuaciones o remodelaciones se hicieron, en que época, y lo más importante, tenga presente que tales significancias deben quedar consignadas en el contrato; en la visita de entrega del inmueble tome discretamente fotos de su interior procurando que en las mismas quede la fecha y hora así como tomar en los cuadros al arrendador, y en caso de presentar cualquier clase de problemas, antes de requerir a la inmobiliaria, asístase de un Maestro de Obra para que le explique qué está pasando, tome nuevas fotografías con fecha y hora, así podrá requerir con exactitud al arrendador.
EL RECLAMO, REACCIÓN DE LA INMOBILIARIA, Y TERMINACIÓN CON JUSTA CAUSA
Establecida la inconformidad entre el estado del inmueble hoy, y el supuesto estado de “remodelado” o “para estrenar” con que nos fuera arrendado, una vez documentado fotográficamente dicho estado, no debemos caer en los reclamitos telefónicos con el asesor, el asistente del asesor, la secretaria del asistente y demás personajillos de filtro que las Inmobiliarias intermedian para diluir las reclamaciones de los arrendatarios. Mentalice: No le están haciendo un favor… NO!!! – Siempre recuerde que está pagando por un derecho de uso, y este derecho de uso debe estar acorde de las necesidades para lo cual está pagando. Tenga presente que al tiempo que se es un arrendatario, también se es un consumidor, y en tal sentido, en doble vía la ley lo ampara.
No dirija correos electrónicos, tampoco derechos de petición, los primeros no tendrá como probar que los cursó, y los segundos le dan a la inmobiliaria 15 días hábiles para contestarlos en tanto se acaba el mes que avanza, tendrá que pagar el siguiente mes…
No espere “unos días”, tan pronto evidencia la situación, curse inmediatamente una EXIGENCIA puntual describiendo la afectación determinada recordándole a la Inmobiliaria que el inmueble le fue arrendado bajo la premisa “remodelado” o “para estrenar”, y las afectaciones dan cuenta de un inmueble no en las anunciadas condiciones, sino maquillado por lo que usted se siente estafado en su buena fe; deles un tiempo determinado no superior de 3 a 5 días calendario para que procedan a arreglar las anomalías, sino, usted dará con justa causa y sin lugar a indemnización, por terminado el contrato de arrendamiento de acuerdo con el Artículo 1990 del Código Civil, sin perjuicio de queja a la Superintendencia de Industria y Comercio delegada para la Protección del Consumidor, y las acciones judiciales indemnizatorias del Artículo 1991del Código Civil.
Lo usual de las Inmobiliarias es escudarse en que “el propietario no está en el país”, “el dueño ya está al tanto y la otra semana pasará por el inmueble”, y hasta tienen el descaro de enviarle el teléfono del propietario, para que usted “hable con él!”; no caiga en esta trampa; usted no tiene nada que ver con el propietario. Usted celebró un contrato de arrendamiento con un arrendador que es la Inmobiliaria y esta como arrendadora, se encuentra OBLIGADA a garantizar permanentemente el mantenimiento en condiciones de habitabilidad del inmueble que arrienda; no acepte en consecuencia, ninguna excusa, una cosa es el contrato de arrendamiento suyo con la inmobiliaria, y otro muy diferente el administración de la inmobiliaria con el propietario, de tal forma que usted no tiene nada que entenderse con este último.
Esté preparado, las Inmobiliarias son muy procaces cuando se les presiona de esta manera y muy seguramente trataran de intimidarlo con la cláusula penal, la indemnización de tres meses por terminación anticipada, el reporte a los operadores de información, haga caso omiso a estas amenazas, y si en el plazo respectivo no le resuelven a su satisfacción las irregularidades, sin miedo termíneles el contrato con justa causa, refiriendo que solicitó los arreglos, que no fueron atendidos y que el inmueble dejó de cumplir los fines para los cuales lo arrendó, precise que usted restituye en( x) fecha el inmueble por lo que solicita se apersone la Inmobiliaria a recibirlo y que de no hacerlo procederá a hacerlo a través de la Subsecretaría de Vigilancia, Inspección y Control de Vivienda de la Alcaldía de su municipio, u oficina equivalente. Haga valer sus derechos!
Si usted requiere una asesoría más amplia y presencial del anterior tema, no dude en contactarnos para dicho propósito. En UPC lawyers lo podemos asesorar, guiar y representar en dicha reclamación para hacer valer sus derechos.